Programa teórico y práctico del curso piloto de ultraligeros.

La enseñanza para la obtención del carné y licencia de Piloto de Ultraligero puede comenzar a partir de los dieciséis años, realizándose el curso en un Centro de Vuelo de Ultraligeros con Escuela como Alumno-Piloto. Para la expedición del carné y licencia de Piloto de Ultraligero el aspirante debe tener cumplidos los dieciocho años.

A.- CURSO TEORICO (I).

1.- Teoría elemental.

1.1.- Introducción.

Síntesis histórica.

Posibilidades y operación con ultraligeros.

1.2.- El ala.

Cómo se produce la sustentación. Perfiles.

Alargamiento.

Carga alar.

Velocidad respecto al aire.

Angulo de ataque.

Angulo de pérdida.

Turbulencias en el perfil.

1.3.- Estabilidad.

Estabilidad positiva, negativa y neutra.

Requisitos para una estabilidad propia.

Diedro, flecha, torsión.

Posición del centro de gravedad.

Superficies estabilizadoras, Función.

1.4.- Controles.

Eje transversal, cabeceo, timón de profundidad. Canard,

Eje vertical, guiñada, timón, frenos.

Eje longitudinal. Alerones, spoilers. Desplazamiento de peso.

Efecto del par motor sobre guiñada y cabeceo. Corrección.

Controles para el rodaje. Dirección y frenos.

Sistema de mandos en los U.L.M. Dos y tres ejes. Pendular.

1.5 .- Limitaciones.

Virajes.

Velocidad de pérdida.

Recuperación de la pérdida.

Velocidad máxima.

Vientos.

1.6 .-  Normas y procedimientos locales,

Jefe de campo.

Jefe de vuelos.

Movimiento de aparatos.

Normas de aparcamiento.

Circuito de tráfico.

2 .- Ingeniería y procedimientos.

2.1 .- Ingeniería del aparato de escuela.

Descripción de los elementos constitutivos.

Funcionamiento.

Revisión de estructuras y controles.

Reductora. Revisión.

Hélice. Cuidado y mantenimiento.

2.2.- Normas de seguridad.

Inspección periódica, diaria, prevuelo,  eventual.

Inspección prevuelo:

Motor parado.

Superficies de mando.

Sistemas de control.

Tren de aterrizaje.

Sistema electrónico.

Sistema de combustible y cantidad del mismo.

Sujeción de los elementos del motor.

Reductora.

Asientos, arnés y anclajes.

Antes de poner en marcha. Hélice libre.

Contacto puesto.

Antes de rodar.

Atalajes blocados.

Casco puesto.

Instrumentos comprobados.

Autorización obtenida.

Alineado en pista.

Motor probado y caliente.

Dirección e intensidad del viento.

Control visual de la pista y aviones en tráfico.

2.3 .- Emergencias.

Fallo del motor en vuelo.

Aterrizaje de emergencia.

Paracaídas de emergencia.

3 .- Técnica de vuelo elemental.

3.1 .- Velocidad de vuelo del aparato de escuela.

Velocidad de despegue.

Velocidad de crucero.

Velocidad de aproximación.

Velocidad de pérdida.

3.2 .- Análisis de maniobras.

Despegue.

Ascenso.

Cruceros.

Descenso.

Virajes.

Aproximación.

Toma

B.- CURSO TEORICO II.

1 .- Reglamentación.

Normativa vigente sobre operación de ultraligeros.

Espacio aéreo y su división.

Cartas aeronáuticas. Utilización.

Zonas restringidas, peligrosas y prohibidas.

Reglas del aire. Evitar colisiones.

2 .- Micrometeorología.

2.1 .-   Efecto del viento.

Velocidad respecto al aíre.

Velocidad respecto al suelo.

Velocidad del viento.

Triángulo de velocidades.

Deriva y corrección.

Efecto de las rachas en despegues y aterrizajes.

Vientos de altura.

2.2 .- Turbulencias,

Turbulencias en la capa de rozamiento,

Turbulencias orográficas. Configuraciones del terreno,

Turbulencias convectivas. Nubes de desarrollo vertical.

Turbulencias de estela.

Efecto de las turbulencias en los ultraligeros,

Normas de vuelo.

Velocidades de penetración,

3 .- Aerodinámica.

3,1 .- Fuerzas en vuelo.

Sustentación, peso, empuje y resistencia,

Curvas polares.

Virajes.

Fuerza centrífuga y cargas que origina.

3.2 .- Actuaciones.

Ascensos. Régimen máximo, Techo operativo.

Cruceros. Máximo alcance. Máxima autonomía.

Planeos. Fuerza aerodinámica.

4 .- Ingeniería II.

4.1 .- Tecnología constructiva.

Límites estructurales.

Cargas.

Limites elásticos y de rotura,

4.2 .- Motores.

Tipos y descripción.

Carburación. Reglaje, Variación de la altura.

Combustible. Mezcla a preparar.

4,3 .- Transporte y mantenimiento.

Montaje y desmontaje del ultraligero.

Transporte en automóvil.

Resumen de inspecciones y mantenimiento.

5 .- Navegación y viajes.

Información meteorológica indispensable.

Cálculo del alcance máximo. Influencia del viento.

Orientación. Empleo de la brújula. Marcaciones.

Cartografía. Trazado de rutas.

Cálculo de combustible.

Aterrizaje fuera del campo. Precauciones.

Determinación del viento en vuelo.

Vestuario. Equipo de seguridad,

Efectos del frío en la altura.

Anclado al suelo.

C.- CURSO DE VUELO PRACTICO.

La instrucción de vuelo comprende, como mínimo, diez horas de vuelo en ultraligero. Dicho total de diez horas incluirá tres de vuelo solo, durante las cuales se efectuarán no menos de veinte despegues y aterrizajes y un vuelo de travesía, con una duración mínima de 30 minutos y una toma fuera del campo en el que se ha recibido instrucción.

Un alumno piloto no puede volar sólo hasta cumplir los requisitos siguientes (el término vuelo solo significa que durante el tiempo de vuelo el alumno piloto es el único ocupante del ultraligero):

a) Conocimientos: Habrá demostrado a su Instructor de Vuelo que está familiarizado con las reglas de vuelo que pueden afectarle en sus prácticas de vuelo solo, como alumno piloto.

b) Enseñanza de vuelo en ultraligero: Habrá adquirido la competencia apropiada en:

1 .- Familiarización en tierra con el aparato.

1.1 .- Controles.

Mandos de vuelo.

Mando de gases.

Contacto y parada del motor.

1.2 .- Puesta en marcha.

Arranque.

Calentamiento y prueba del motor.

1.3 .- Rodaje.

Cálculo de velocidades.

Distancia y despeje de obstáculos.

Control de dirección.

Efecto del viento en el rodaje.

2 .- Vuelo en doble mando.

2.1 .- En el sector.

Virajes coordinados.

Planeos.

Tráfico simulado.

2.2 .- En el tráfico,

Tomas y despegues.

Circuito de tráfico.

Motor y al aíre.

3 .- Vuelo solo.

3.1 .- Vuelo solo en tráfico.

3.2 .- Tomas y despegues. Tráficos sucesivos.

3.3 .- Vuelo en el sector.

Virajes y maniobras de coordinación.

Ascensos descensos y cruceros.

3.4 .- Viaje de ida y vuelta a punto determinado.

La tarjeta de alumno piloto tiene dos años de validez, a contar desde la fecha del certificado médico de aptitud y habilita para efectuar los vuelos de doble mando o solo a bordo, con motivo de su propia instrucción, con la autorización y bajo la vigilancia y dirección de un Instructor de Vuelo de Ultraligero. No permite llevar pasajeros, debiendo efectuarse los vuelos dentro de los límites de la zona designada al efecto por el Instructor de UltraligerosLa instrucción de vuelo en ultraligeros debe impartirla un Instructor de Vuelo de Ultraligero calificado.
Para la obtención del carné de Piloto de Ultraligero los alumnos pilotos se someterán a un examen con una parte teórica y una práctica ante el funcionario Piloto representante de la Dirección General de Aviación Civil.La Dirección General de Aviación Civil, a través del funcionario Piloto examinador, realizará los exámenes a petición del Centro en cuya Escuela se hubiera efectuado el curso.Para poder presentarse a la prueba de vuelo es necesario tener:

1. Dieciocho años cumplidos.

2. Aprobada la prueba escrita.

3. Y tener debidamente cumplimentada y refrendada la cartilla de vuelos.

La prueba escrita aprobada tendrá una validez de dos años.

Para poder solicitar la escuela examen escrito es necesario presentar, junto con la petición, el certificado del Instructor en que se acredite que el interesado ha alcanzado el grado suficiente de conocimientos, según los programas fijados por la Dirección General de Aviación Civil.Para solicitar examen práctico de vuelo es necesario presentar, junto con la petición, el certificado del Instructor en que se acredite que el interesado ha alcanzado el grado de competencia apropiado en ultraligeros, con expresión de horas y número de vuelos de doble mando y de las horas y número de vuelos solo a bordo mínimos exigidos.El carné de Piloto de Ultraligeros, que se concede en virtud de las enseñanzas reguladas, ha de ir acompañado de la licencia de aptitud, con las calificaciones correspondientes, siendo éste el documento acreditativo de que el interesado puede ejercer las funciones específicas anotadas en dicha licencia.La Dirección General de Aviación Civil, Subdirección General de Explotación del Transporte Aéreo, expedirá la licencia de aptitud, con las calificaciones correspondientes, al propio tiempo que el carné de Piloto de Ultraligeros.

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